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Fecha: 27/01/2023 | Noticias

Continúan las clausuras de inmuebles que funcionan como alojamientos turísticos sin estar registrados

 
 

Continúan las clausuras de inmuebles que funcionan como alojamientos turísticos sin estar registrados

El área de Fiscalización de la cartera turística labró 46 infracciones en lo que va del año por este tipo de actividad, en 2022 fueron 577; ayer fueron detectados tres inmuebles más. La habilitación puede gestionarse en http://turismosalta.gov.ar/alquilerestemporarios.

Con la temporada de verano en marcha la Dirección de Fiscalización de la Secretaría de Turismo provincial intensificó las tareas de control e investigación sobre las ofertas que se publicitan en diversos medios (principalmente digitales). Estos operativos se complementan con un abordaje de concientización.

En esta ya se efectuaron 46 actas de infracción y algunas clausuras preventivas, tanto en la capital salteña como en otras localidades de la Provincia. Solo ayer, se realizaron operativos en 3 inmuebles.

El año pasado se efectuaron en el rubro alojamiento 577 infracciones en Salta capital, Coronel Moldes, Vaqueros, San Lorenzo, Cafayate, Cerrillos, San Carlos, Iruya, Cachi, Campo Quijano, La Caldera, Metán, Rosario de la Frontera, entre otros destinos.

En Salta rige un decreto provincial de alojamiento turístico y un decreto que regula el hospedaje turístico temporario por lo que la actividad de intermediación en esta oferta, por cualquier medio que fuera, no puede llevarse a cabo respecto a inmuebles no inscriptos en dichos Registros.

El registro tiene como objetivo fomentar un turismo responsable, estimulando el desarrollo de la actividad en un marco de transparencia que garantice seguridad jurídica a todos los actores involucrados contribuyendo, asimismo, a promover la calidad de los servicios contratados y brindar una adecuada protección a los turistas.

Son considerados hospedajes turísticos temporarios, las propiedades (Departamentos, casas o Bienes Muebles) amobladas que se alquilan por un período no mayor a tres meses. Los propietarios, usufructuarios, cesionarios o apoderados que administren o comercialicen estos inmuebles deberán inscribirse de manera obligatoria en el Registro de Propiedades destinadas a Hospedaje Turístico Temporario.

La inscripción puede hacerse mediante nota a presentar en la Dirección General de Fiscalización o  de manera on line completando un formulario y adjuntando la documentación reglamentaria en la siguiente página:  http://turismosalta.gov.ar/alquilerestemporarios

 

Fuente de la Información: Secretaria de Turismo


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